trabajo

Cinco años de la ley rider: la norma que cambió el reparto a domicilio sigue sin cerrar el debate sobre los falsos autónomos

La conocida como 'ley rider', la norma que nació para poner orden en el trabajo de las plataformas de reparto a domicilio, cumple cinco años desde su entrada en vigor. La legislación, que obligó a empresas como Glovo o Deliveroo a reconvertir a miles de falsos autónomos en asalariados, marcó un antes y un después en la regulación del empleo en la economía de plataformas, aunque el debate sobre su aplicación y sus límites sigue abierto.

Fotografía que ilustra la noticia: Cinco años de la ley rider: la norma que cambió el reparto a domicilio sigue sin cerrar el debate sobre los falsos autónomos
(infolibre.es)

Un punto de inflexión en la economía de plataformas

La ley, aprobada en 2021 tras un acuerdo entre el Gobierno, los sindicatos y las patronales del sector, nació con un objetivo claro: acabar con la figura del falso autónomo en el reparto de comida a domicilio. Antes de su aprobación, miles de riders trabajaban sin red de protección social, asumiendo los riesgos de su actividad y sin derechos laborales básicos como vacaciones, bajas remuneradas o cotizaciones a la Seguridad Social.

La norma no solo afectó a las empresas de reparto, sino que sentó un precedente legal para otras actividades de la economía de plataformas, como el transporte de pasajeros o los servicios de mensajería. Su aprobación fue el resultado de un largo proceso de presión social y de sentencias judiciales que ya habían empezado a señalar la existencia de relación laboral en estas empresas. El cambio legal no surgió de la nada: respondió a una realidad constatada en los tribunales, donde varios fallos previos ya habían reconocido la naturaleza laboral de la relación entre las plataformas y sus repartidores.

La presunción de laboralidad: la clave de la reforma

El elemento central de la ley fue la modificación del Estatuto de los Trabajadores para establecer la presunción de que los repartidores de plataformas digitales son asalariados, salvo que la empresa demuestre lo contrario. Esta presunción invierte la carga de la prueba: ya no es el trabajador quien tiene que demostrar que es un falso autónomo, sino la plataforma la que debe justificar que existe una verdadera autonomía en la prestación del servicio.

Este cambio legal obligó a las plataformas a rediseñar sus modelos de negocio. Mientras que algunas, como Deliveroo, optaron por abandonar el mercado español, otras, como Glovo, tuvieron que negociar con los sindicatos para integrar a sus repartidores en plantilla. La ley también introdujo un nuevo derecho: la obligación de las empresas de informar a los repartidores sobre cómo funcionan los algoritmos que gestionan su trabajo, una medida pionera en Europa para luchar contra la opacidad de la gestión algorítmica del empleo. Esta doble vertiente, laboral y tecnológica, convirtió a la norma en un referente internacional.

Balance y retos pendientes a los cinco años

Cinco años después, el balance es desigual. Por un lado, la norma ha permitido que decenas de miles de trabajadores hayan pasado a tener un empleo regularizado, con contrato laboral y acceso a la protección social. Por otro, el sector ha vivido una reestructuración profunda, con la salida de algunas compañías y la concentración de mercado en pocos operadores.

El debate, sin embargo, no está cerrado. La irrupción de nuevos modelos de reparto y la constante evolución de las plataformas plantean nuevos desafíos regulatorios. La aplicación de la ley en otros ámbitos, como el de las plataformas de reparto de mercancías o la economía de las 'apps' de citas, sigue siendo un terreno pantanoso. La vigilancia sindical y la inspección de trabajo serán clave para garantizar que el espíritu de la norma no se diluya en la práctica. El aniversario sirve, en definitiva, para recordar que la regulación del empleo en la era digital es una carrera de fondo que exige una actualización constante.