politica-economica

El Supremo congela el voto de 163.020 españoles en el exterior: los consulados no han remitido ni una certificación

La ratificación por el Tribunal Supremo de las medidas cautelares que congelan el derecho al voto de los descendientes de represaliados del franquismo adquirido al amparo de la ley de nietos amenaza con dejar fuera de las próximas elecciones generales a más de 160.000 españoles residentes en el exterior. Un mes después de la decisión del Alto Tribunal, ningún consulado ha remitido a la Oficina del Censo Electoral las certificaciones necesarias para discriminar a los electores y levantarles la suspensión, según confirmó un portavoz del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Fotografía que ilustra la noticia: El Supremo congela el voto de 163.020 españoles en el exterior: los consulados no han remitido ni una certificación
(elDiario.es)

Un bloqueo administrativo que afecta a 163.020 expedientes

El Tribunal Supremo distingue en sus autos entre quienes aportaron documentos que acreditan el exilio de sus antepasados y quienes se acogieron a la instrucción que daba por exiliado a cualquiera que hubiera salido de España entre 1936 y 1955, una vía sobre la que el Alto Tribunal ha mostrado sospechas de irregularidad. Pese a reconocer que el primer grupo sí tendría derecho a votar, la decisión de los jueces es suspender preventivamente el sufragio de todos y dejar en manos de los consulados la criba de cada expediente.

El registro de matrícula consular no contiene ningún campo informático que identifique por qué vía se adquirió la nacionalidad, según los informes de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares que constan en el procedimiento. Por tanto, ejecutar la orden del Supremo requeriría revisar manualmente, uno por uno, los 163.020 expedientes.

El pasado martes, un portavoz del INE confirmó a elDiario.es que, hasta el momento, ningún consulado ha remitido a la Oficina del Censo Electoral las certificaciones necesarias para discriminar a los electores. Esta información confirma que, en el mes transcurrido desde que el Supremo adoptó la decisión, la Administración ha mantenido una actitud de inacción.

El Ejecutivo admite el riesgo de dejar sin voto a personas con derecho a él

Fuentes del Ministerio de Exteriores defienden que su departamento 'está cumpliendo y cumplirá en todo momento con la legalidad vigente' y aplicará 'con la máxima diligencia' las medidas cautelares. Sin embargo, insisten en que su implementación 'resulta muy compleja para muchos consulados', tal y como figura en los informes analizados por los jueces.

Ante este escenario, fuentes del Ejecutivo admiten que la única vía posible sería dejar fuera del censo a todas estas personas, a pesar del daño 'irreparable' que supone hurtar el derecho al voto a quienes sí tendrían derecho a él. Es una advertencia que ya lanzó la magistrada María Alicia Millán en su voto particular: 'Una vez celebradas las elecciones, ningún pronunciamiento posterior, por favorable que resulte a los afectados, podrá restituirles la oportunidad perdida'. Millán también censuró que se suspendieran los efectos electorales 'de un conjunto de situaciones jurídicas formalmente eficaces, desplazando a un momento posterior la identificación de aquellas respecto de las cuales no concurren los presupuestos de la suspensión'.

Pese a estas advertencias, la mayoría de los magistrados defiende que 'el interés general de preservar la pureza del proceso electoral' debe prevalecer sobre el derecho al voto de quienes figuran en el censo pero la Administración 'no ha aclarado las condiciones en que se realizó' su inscripción.

Paradojas y plazos: el reloj corre contra los afectados

La decisión del Supremo coloca en desventaja a los nacionalizados por la ley de nietos residentes en el extranjero frente a los que viven en España. Mientras un nacionalizado que reside en España conserva su derecho al voto al figurar en el censo de residentes (CER), una persona con el mismo título, obtenido por el mismo procedimiento y en la misma fecha, ve congelado su derecho por residir fuera.

Fuentes consultadas en Exteriores recalcan que los plazos para presentar alegaciones —cinco días desde la publicación en el BOE— generarán paradojas: ciudadanos que votaron en 2023 o en las autonómicas de los últimos meses probablemente no podrán hacerlo el 29 de noviembre. Con el adelanto electoral, la Oficina del Censo Electoral debe remitir la documentación para votar entre el 24 y el 30 de octubre, y los consulados tendrían que localizar y certificar 'diez miles de expedientes' en apenas dos semanas, un reto burocrático que incrementa el riesgo de que cualquier decisión favorable llegue tarde para el 29N.

En el Ejecutivo dan por hecho que el asunto acabará en el Tribunal Constitucional. La Fiscalía, que pidió que se levantaran las medidas cautelares, estudia presentar un recurso de amparo, y organizaciones de españoles residentes en el exterior se están organizando para impugnar la decisión. Por el momento, el Gobierno admite que en los consulados aún no se ha movido 'un dedo' y que es la Abogacía del Estado la que estudia cómo aplicar el fallo, que califican de 'extraordinariamente grave'. 'En democracia los derechos se protegen, no se restringen', dijo la ministra portavoz este martes.