Los dueños de trasteros deben pagar los gastos comunes del portal, según una abogada
Una comunidad de seis portales en Madrid pregunta si es legal que los dueños de 16 trasteros del portal uno se nieguen a pagar los gastos comunes de luz, ascensor y limpieza. Llevan 27 años haciéndolo. La abogada Elena Herranz, de Legálitas, responde en el consultorio de vivienda de EL PAÍS que no es legal y detalla los pasos para reclamar.

La respuesta: no es legal negarse a pagar todos los gastos
Elena Herranz, abogada de Legálitas, es clara: no es legal que los propietarios de los trasteros no contribuyan a ningún gasto. La clave está en que tienen una servidumbre de paso por el portal uno y por los garajes, y esa servidumbre implica la obligación de pagar su mantenimiento. Aunque no usen el ascensor, sí deben contribuir a la limpieza y la iluminación de las zonas por las que pasan para acceder a sus trasteros.
La experta recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo es favorable a la comunidad en estos casos. El uso de una servidumbre de paso conlleva la obligación legal de contribuir a su mantenimiento y el hecho de no haber abonado estos gastos durante 27 años no genera un derecho adquirido a seguir haciéndolo gratis.
Los tres pasos para resolverlo, según Legálitas
La abogada recomienda tres pasos para que la comunidad resuelva la situación de forma definitiva. Primero, como actuación previa, el administrador de fincas debe revisar la escritura de división horizontal y los estatutos de la comunidad. Si la documentación solo establece que estos propietarios no pueden usar el ascensor, se confirmará que sí deben contribuir al resto de gastos comunes relacionados con las zonas de paso, como la limpieza y la iluminación. Si, por un error histórico, figuraran exentos de cualquier gasto comunitario, algo poco probable, sería necesario impugnar judicialmente dicho reparto por considerarse abusivo.
Segundo, convocar una junta de propietarios e incluir en el orden del día la aprobación de un nuevo reparto de gastos. Habría que calcular el coste de la limpieza y de la iluminación de las zonas de tránsito que dan acceso a los trasteros y asignar a los 16 propietarios la cuota que les corresponda, excluyendo el ascensor. Este acuerdo podría aprobarse por mayoría simple, ya que no implica modificar los coeficientes recogidos en las escrituras, sino aplicar lo que establece la ley en relación con las servidumbres de paso.
Tercero, una vez aprobado el acuerdo en junta y notificado a los 16 propietarios, si se niegan a pagar las nuevas cuotas y acumulan deuda, la comunidad puede iniciar contra ellos un procedimiento monitorio, un juicio rápido para reclamar deudas de comunidad. La jurisprudencia del Tribunal Supremo, subraya Herranz, es favorable a la posición de la comunidad en este tipo de supuestos.
El contexto: una situación que afecta a muchas comunidades
La consulta refleja un problema habitual en comunidades con varios portales y trasteros. En este caso, el portal uno tiene 16 trasteros cuyos propietarios viven en otros portales, salvo uno. La configuración original, cuando los trasteros se compraron hace 27 años, no incluía a estos propietarios en los gastos comunes del portal. La respuesta de Legálitas aclara que esa situación no se ajusta a derecho y ofrece una vía para corregirla sin modificar las escrituras.
Este tipo de consultas responde a la demanda de los propietarios de resolver conflictos vecinales que se enquistan durante años, como muestra el caso de este portal en Madrid. En la respuesta se recuerda que la solución pasa por una junta, un acuerdo por mayoría simple y, si es necesario, la reclamación judicial, siempre que la deuda se acumule tras la notificación. La colaboración entre EL PAÍS y Legálitas pretende asesorar a los lectores sobre problemas que afectan al bolsillo de las comunidades de vecinos.



